La
presidenta de Brasil, Dilma Rousseff, sancionó y promulgó el pasado 9 de julio de
2012 la Ley 12.683 que endurece la lucha contra el lavado de dinero mediante un
incremento en las multas aplicadas y la ampliación de los crímenes financieros
tipificados como delito de lavado.
Desde
el pasado martes 5 de junio la plenaria del Senado había aprobado el proyecto
de ley que actualizaba la Ley de Blanqueo de Dinero (Ley 9.613/1998) para
hacerla más eficiente y responder a los nuevos métodos de actuación de las
organizaciones criminales.
Una
de las modificaciones de la nueva ley -que estuvo en discusión durante nueve
años- es la ampliación de las acciones que pueden conducir al lavado de dinero.
Según la vieja norma, se incurría en lavado únicamente cuando el dinero
provenía de delitos previamente establecidos como tráfico de drogas,
contrabando de armas, terrorismo y extorsión y crímenes contra la
administración pública y el sistema financiero. Bajo la nueva ley, cualquier
persona que intente ocultar dinero obtenido ilegalmente podrá ser procesado y
sancionado, incluyendo cualquier transacción que se realice al margen de la
ley, como la comercialización de bienes en el exterior.
La
Ley 12.683 prevé un incremento de la multa por lavado de dinero a un tope de 10
millones de dólares, cuando en la anterior ley era de máximo 100.000 dólares; sin
embargo, se mantiene el mismo nivel de pena de cárcel de 3 a 10 años.
La
normativa anterior únicamente permitía a las autoridades confiscar los bienes a
nombre de la persona acusada de lavado de dinero, mientras que la nueva ley
admite también la incautación de bienes registrados a nombre de terceros cuando
hay indicios de que fueron transferidos con el fin de ocultarlos.
Sin
embargo, la Ley 12.683 revoca una disposición de la legislación anterior que
prohibía la concesión de fianza o libertad provisional a los acusados de lavado
de dinero.
Cifras
oficiales indican que cada año se lavan en Brasil entre 10.000 y 15.000
millones de dólares, aunque actualmente no hay ninguna persona presa en el país
por ese delito, según el Ministerio de Justicia.
Con
este cambio normativo, la legislación brasileña pasaría de la llamada “segunda
generación” (lista cerrada de crímenes antecedentes o delitos subyacentes) a “tercera generación”
(lista abierta de crímenes), adoptada por varios países desarrollados.
Ley 12.683 del 9 de julio de 2012
No hay comentarios:
Publicar un comentario