La
Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) publicó para comentarios el
proyecto de circular mediante la cual se modifican e incorporan formatos e
instructivos relacionados con el reporte de información a la Unidad Administrativa
Especial de Información y Análisis Financiero –UIAF- y se realizan algunas
precisiones al SARLAFT, con el fin de incorporar ajustes requeridos por la UIAF
en materia de divulgación de información necesaria para la prevención del
lavado de activos y la financiación del terrorismo. El plazo para comentarios
es hasta las 5:00 pm del próximo 30 de enero de 2013.
Las
principales modificaciones propuestas son:
En
cuanto a la norma SARLAFT: a) se
actualiza el ámbito de aplicación en cuanto a las entidades exceptuadas del
SARLAFT; b) conservación de la documentación por un período no menor de cinco
años (5) años.
En
lo que tiene que ver con los reportes a
la UIAF por parte de las entidades vigiladas se incluye:
a)
Definición actualizada, en el texto de la circular, de las operaciones
sospechosas y detalles técnicos del ROS como insumo fundamental para detectar
posibles operaciones de lavado de activos o financiación del terrorismo;
b)
En el reporte de de Transacciones en Efectivo se adiciona el campo 8 de origen
de la operación (pago de cheque en ventanilla y otro) y se eliminan los
campos de actividad económica e ingresos mensuales del titular;
c)
El reporte de transacciones de operaciones de transferencia, remesa, compra y
venta de divisas (conocido como reporte de transacciones cambiarias) pasa de
ser trimestral a mensual, se aclara el campo 2 sobre el código de la
sucursal donde se realiza la operación y se aclaran otros campos provenientes
de información del mensaje swift y se eliminan los campos de actividad
económica e ingresos mensuales de la persona que realiza la transacción;
d)
El reporte sobre productos ofrecidos por las entidades vigiladas pasa de ser trimestral
a mensual, adiciona el reporte de productos activos tales como créditos
comerciales, créditos de consumo, créditos de vivienda, leasing financiero y factoring
(hasta ahora sólo se reportan productos pasivos);
e)
Se establece el reporte de información de los patrimonios autónomos constituidos
para la administración de los recursos de que trata la Ley 1508 de 2012 por
parte de las sociedades fiduciarias. Se debe reportar a la UIAF, dentro de los
tres (3) días hábiles siguientes a su constitución, el nombre del
fideicomitente, del beneficiario, el valor de los recursos y otra información
relacionada con el contrato de asociación;
f)
Se establece el reporte de información básica del cliente con una
periodicidad semestral. Las entidades vigiladas deberán reportar a la UIAF la
información básica que los clientes actualicen tales como nombre,
identificación, ubicación, cónyuge (si existe), actividad económica, manejo de
recursos públicos, ingresos y egresos mensuales, activos y pasivos.
El
proyecto de la norma y anexos técnicos están publicados en la página web de la
Superintendencia Financiera de Colombia (www.superfinanciera.gov.co).
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