El dinero ilícito no trae riqueza; al contrario, produce violencia, corrupción, desempleo, muerte, inflación, competencia desleal, desplazamiento y miseria.

El verdadero éxito en esta lucha no es contra el delito sino contra la "riqueza" ilegal que produce.

miércoles, 5 de junio de 2013

Ciberdelito y ciberlavado hecho realidad

El ciberdelito y el ciberlavado no son temas del futuro como muchos pueden pensar. Con el más reciente caso de Liberty Reserve, que sería el más grande de la historia, podemos comprobar cómo el ciberespacio está siendo utilizado para cometer delitos y lavar dinero en mayores proporciones que en la vida real.

En días pasados se conoció la acusación (indictment 13CRIM368) ante la Corte Sur del Distrito de  Nueva York contra Liberty Reserve S.A., Arthur Budovsky, Vladimir Kats, Ahmed Yassine Abdelghani, Allan Esteban Hidalgo Jimenez, Azzeddine El Amine, Mark Marmilev y Maxim Chukharev por lavado de dinero a través de negocios virtuales de monedas y metales preciosos por un valor de por lo menos $6.000 millones de dólares. También los medios de comunicación han destacado ampliamente este caso y la captura de los presuntos responsables en España, Costa Rica y Nueva York.

A través de internet los usuarios establecían una cuenta solamente con suministrar una dirección válida de correo electrónico. Según la Fiscalía de Nueva York, “los acusados crearon, estructuraron y operaron a Liberty Reserve como un banco diseñado para ayudar al usuario a realizar transacciones ilegales de manera anónima y para blanquear el producto de los delitos”. Las actividades de la empresa crecieron hasta convertirse en un centro financiero que facilitó “una amplia gama de actividades delictivas en línea”, pues la operaciones eran “anónimas e indetectables”. El dinero que transfirieron a través de más de 45 cuentas bancarias en diversos países, entre ellos Costa Rica, Chipre, Rusia, Hong Kong, China, Marruecos, España, Latvia y Australia, provenía del fraude con tarjetas de crédito, de fraudes con inversiones, de la piratería informática, de la pornografía infantil y del tráfico de estupefacientes.

La compañía Liberty Reserve, establecida en Costa Rica, operaba un sistema cambiario online, fuera del control de los gobiernos nacionales, mediante el cual realizó por lo menos 55 millones de transacciones ilegales con más de un millón de usuarios en todo el mundo. Los usuarios abrían una cuenta en una unidad monetaria denominada “LR” con un nombre, dirección de correo y fecha de nacimiento. Esta información no era verificada. Luego se podía usar el efectivo para comprar LR a operadores de cambio tercerizados que negociaban entre ellos y obtenían una comisión. Los usuarios podían transferir la moneda virtual de unos a otros en diferentes partes del mundo para luego ser cambiada en efectivo por sus compañías de cambio. La empresa procesaba alrededor de 12 millones de transacciones financieras por año. El costo era de una comisión de 1% por transferencia y por US$0,75 se podía ocultar el número de cuenta del usuario para volver ilocalizable la operación.

Arthur Budovsky Belanchuk, creador de la empresa Liberty Reserve, es un ucraniano de 39 años de edad, quien era ciudadano Estadounidense pero desde el 2010 renunció a su pasaporte y se convirtió en costarricense al casarse con una “tica”. Para 2005 Budovsky ya era investigado en Estados Unidos por haber tratado de lanzar la empresa Gold Age Inc. con la que pretendía lavar dinero. El 25 de enero de 2007 fue condenado en Nueva York a cinco años de libertad condicional, tras declarase culpable de operar un negocio ilegal de servicios financieros, parecido a Liberty Reserve. En 2006 se mudó a Pozos de Santa Ana en Costa Rica y ahí fundó la empresa Liberty Reserve entre otras empresas. En 2011 la Superintendencia General de Entidades Financieras de Costa Rica puso bajo investigación a Liberty Reserve, que en ese momento cerró sus operaciones al no poder demostrar la legitimidad de sus operaciones.

Después de esa fecha, Budovsky siguió "trabajando clandestinamente bajo una serie de compañías pantalla". Se trató de las sociedades Silverhand Solutions & Technology S.A., Worldwide E-Commerce Business S.A. (Websa), Grupo Lulu Limitada, Triton Group A & A S.A. y Cyberfuel.com. Según la acusación de la Fiscalía de Nueva York, están involucrados en la operación los dominios: libertyreserve.com; exchangezone.com; swiftexchanger.com; moneycentralmarket.com; asianagold.com; y eurogoldcash.com.

El ciberdelito es todo acto ilícito que se realiza en el ciberespacio contra personas, negocios (comerciales y no comerciales) ó los gobiernos, a través de una computadora  o dispositivo electrónico como herramienta o como objetivo ó ambas. El ciberdelito puede ser financiero o no financiero. Cuando el ciberdelincuente tiene una finalidad económica se denomina cracker y cuando no tiene un incentivo económico se conoce como hacker[1].

El ciberlavado, a su vez, se considera como el proceso para ocultar o facilitar, a través del ciberespacio (internet, la nube o la red), transacciones financieras que provienen de actividades ilegales mediante la utilización, principalmente, de: a) tarjetas prepagadas de sistema abierto y cerrado, b) monederos electrónicos, c) pagos a través de dispositivos móviles, d) monedas y metales preciosos virtuales, y e) servicios de pago a través de internet[2].



[1] PALOMÁ, José Orlando. DELITOS INFORMÁTICOS EN EL CIBERESPACIO. Ediciones Jurídicas Andrés Morales. Bogotá, Colombia. 2012.
[2] FATF – Financial Ask Task Force, GAFI. Report on New Payment Methods. October 2006.

jueves, 16 de mayo de 2013

Cursos virtuales gratuitos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo


En días pasados, fueron lanzados en Colombia dos (2) cursos virtuales gratuitos sobre la prevención del riesgo de Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo.

La UIAF (Unidad de Información y Análisis Financiero) de Colombia tiene disponible a través de su página web www.uiaf.gov.co (UIAF Virtual) el curso básico de aprendizaje e-learning en prevención y detección de operaciones de lavado de activos y financiación de terrorismo, que se ofrece de manera virtual.  El curso se denomina “Lo que debe saber sobre lavado de activos y la financiación del terrorismo”. Por medio de esta herramienta, la UIAF tiene como propósito capacitar a los sectores económicos y a la ciudadanía en general en cómo ocurren las operaciones de lavado de activos y qué se puede hacer para prevenirlas, detectarlas, y denunciarlas.  También se podrá acceder a documentos y cartillas relacionadas con LA/FT elaboradas por la UIAF en su constante trabajo de prevención.

Puede ver las características del curso UIAF Virtual en:



Así mismo, la Cámara de Comercio de Bogotá y la Superintendencia de Sociedades, en el marco del Programa Negocios Responsables y Seguros de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito UNODC, lanzó el curso virtual gratuito ¿Cómo prevenir el riesgo de lavado de activos en su empresa? Esta iniciativa pretende socializar la información sobre el Modelo de Gestión de Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo. El curso le permitirá a los usuarios: Conocer los conceptos básicos sobre el Lavado de Activos (LA) y la Financiación del Terrorismo (FT) y las herramientas con las que se cuenta para enfrentarlo; Identificar riesgos asociados al lavado de activos y financiación del terrorismo que se puedan presentar en su empresa; e Implementar medidas para proteger a su empresa de tales riesgos.

Puede inscribirse en:

miércoles, 15 de mayo de 2013

Actualizada “Lista Clinton” con la inclusión de un capo narcotraficante mexicano vinculado a “Los Zetas”


Ayer, 14 de mayo de 2013, la Oficina de Control de Activos Extranjeros OFAC (Office of Foreign Assets Control) del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos actualizó la lista de designados capos narcotraficantes [SDNTK]. Se incluyó a una persona mexicana vinculada a “Los Zetas” y arrestada en México.

Fue incluida en la lista OFAC (conocida como Lista Clinton) la siguiente persona mexicana designada como capo narcotraficante:

ANDRADE PARRA, Alfredo, Ciudad Acuna, Coahuila, México; DOB 30 Dec 1973; POB Ciudad Acuna, Coahuila, México; alt. POB Coahuila, México; nationality México; citizen México; C.U.R.P. AAPA731230HCLNRL07 (México) (individual) [SDNTK].


Diagrama del “Trafficker Tied to Los Zetas”, según OFAC:



jueves, 9 de mayo de 2013

Actualizada “Lista Clinton” con la inclusión de 8 capos narcotraficantes mexicanos del Sinaloa Cartel Plaza Bosses


El pasado 5 de mayo de 2013, la Oficina de Control de Activos Extranjeros OFAC (Office of Foreign Assets Control) del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos actualizó la lista de designados capos narcotraficantes [SDNTK]. Se incluyó a 8 capos narcotraficantes mexicanos vinculados al denominado “Sinaloa Cartel Plaza Bosses”.

Fueron incluidas en la lista OFAC (conocida como Lista Clinton) las siguientes personas mexicanas designadas como capos narcotraficantes:

1.   FLORES PACHECO, Cenobio (a.k.a. CASTRO VILLA, Luis Fernando; a.k.a. "CHECO"; a.k.a. "CHEKO"); DOB 13 Nov 1974; citizen Mexico (individual) [SDNTK].

2.   LOPEZ AISPURO, Armando; DOB 27 Oct 1969; POB Culiacan, Sinaloa, Mexico; citizen Mexico (individual) [SDNTK].

3.   NIEBLAS NAVA, Guillermo (a.k.a. NIEBLA GONZALEZ, Adelmo; a.k.a. "EL M"; a.k.a. "EL MEMO"); DOB 21 Dec 1958; citizen Mexico (individual) [SDNTK].

4.   PAEZ SOTO, Ramon Ignacio (a.k.a. "EL MORENO"; a.k.a. "PAEZ Nachillo"; a.k.a. "PAEZ, Nacho"); DOB 31 Jul 1973; POB Culiacan, Sinaloa, Mexico; citizen Mexico (individual) [SDNTK].

5.   RASCON RAMIREZ, Jose Javier (a.k.a. "EL KHADAFI"); DOB 24 Jul 1966; citizen Mexico (individual) [SDNTK].

6.   SABORI CISNEROS, Raul (a.k.a. "EL NEGRO"); DOB 07 Jul 1963; POB Baja California Norte, Mexico; citizen Mexico (individual) [SDNTK].

7.   SALAZAR RAMIREZ, Jesus Alfredo (a.k.a. "INDIO"; a.k.a. "MUNE"); DOB 24 Mar 1974; POB Chihuahua, Mexico; citizen Mexico (individual) [SDNTK].

8.   SOSA CANISALES, Felipe de Jesus (a.k.a. "EL GIGIO"; a.k.a. "GIO"); DOB 16 Jul 1968; citizen Mexico (individual) [SDNTK].


Diagrama del “Sinaloa Cartel Plaza Bosses”, según OFAC:



lunes, 29 de abril de 2013

Actualización de las normas antilavado para los juegos de suerte y azar en Colombia


El pasado 21 de marzo de 2013 COLJUEGOS expidió la Resolución 260, mediante la cual se establece el Sistema de Prevención y Control del Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo (SIPLAFT) para las empresas del sector de juegos de suerte y azar localizados y novedosos.

La empresa industrial y comercial del Estado administradora del monopolio rentístico de los juegos de suerte y azar, COLJUEGOS, estableció el 30 de junio de 2013 como plazo máximo para la implementación del SIPLAFT.

Según el ámbito de aplicación de esta Resolución, los juegos localizados son aquellos a los cuales asisten los jugadores como condición necesaria para poder apostar, tales como los bingos, videobingos, esferódromos, máquinas tragamonedas, y los operados en casinos y similares (artículo 32 de la Ley 643 de 2001). Así mismo, los juegos novedosos son aquellos distintos de las loterías tradicionales o de billetes, de las apuestas permanentes y de los demás juegos de suerte y azar. Se consideran juegos novedosos, entre otros, la lotto preimpresa, la lotería instantánea, el lotto en línea en cualquiera de sus modalidades, los juegos que se operen en línea contentivos de las diferentes apuestas en eventos, apuestas de los juegos de casino virtual, apuestas deportivas y los demás juegos realizados por medios electrónicos, por Internet, por telefonía celular o cualquier otra modalidad en tiempo real que no requiera la presencia del apostador (artículo 22 de la Ley 1393 de 2010).

De acuerdo con la Resolución 260 de COLJUEGOS, los sujetos obligados deben implementar el SIPLAFT como un sistema de prevención y control, que debe contener como mínimo los siguientes elementos: políticas, procedimientos, mecanismos para desarrollar dichos procedimientos, instrumentos, medidas de control y conservación de documentos.

La identificación del cliente y el reporte de las operaciones a la UIAF, son algunos de los principales mecanismos de prevención y control. Se debe identificar al cliente, identificar si se trata de un PEP (Persona Expuesta Públicamente) y diligenciar un formulario con sus datos. Cliente es aquel apostador que realice apuestas en mesas de casinos y bingos cuyo monto sea igual o superior a $5 millones; aquel apostador en mesas de casinos que cambie fichas en un día por un monto igual o superior a $5 millones o al mes por un monto igual o superior a $15 millones; aquel ganador de juegos localizados o novedosos cuyo premio sea igual o superior a $5 millones ó premios mensuales superiores a $8 millones.

El SIPLAFT contempla los siguientes reportes para los sujetos obligados:

1.   Reportes Internos: a) Reportes internos de señales de alerta.
2.   Reportes a la UIAF: a) Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS), ó Reportes de ausencia de operaciones sospechosas.
b) Reporte mensual de transacciones individuales en efectivo, en tarjetas débito y crédito cuyo monto sea igual o superior a $5 millones; Reporte mensual de transacciones múltiples en efectivo, en tarjetas débito y crédito cuyo monto acumulado sea igual o superior a $15 millones; ó Reporte de ausencia de transacciones en efectivo, tarjetas débito y crédito;
c) Reporte mensual de ganadores de premios cuyos montos individuales sean iguales o superiores a $5 millones o acumulados en el mes por una suma superior a los $8 millones; ó Reporte de ausencia de ganadores de premios.
3. Reportes a COLJUEGOS: a) Datos personales y transacciones mensuales en efectivo, con tarjetas débito y crédito realizadas por una misma persona cuyo monto sea igual o superior a $5 millones; b) Datos personales de los ganadores de premios cuyo monto individual mensual sea igual o superior a $5 millones ó los ganadores de premios que acumulen en el mes una suma superior a $8 millones.

El SIPLAFT debe soportarse en instrumentos que permitan ejecutar los mecanismos de prevención y control, entre ellos las señales de alerta, infraestructura tecnológica y consolidación de electrónica de operaciones, y capacitación.

Además, se debe prever medidas adecuadas de control interno, funciones y responsabilidades para la Junta Directiva o quien haga sus veces, Revisoría Fiscal y designación del Oficial de Cumplimiento. Se debe garantizar la conservación de documentos y registros del SIPLAFT por un término mínimo de 5 años.

domingo, 7 de abril de 2013

Actualizada “Lista Clinton” con la exclusión del Club Deportivo América de Cali


El pasado 3 de abril de 2013, la Oficina de Control de Activos Extranjeros OFAC (Office of Foreign Assets Control) del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos actualizó la lista de designados narcotraficantes y excluyó al Club Deportivo América de Cali de Colombia.



Fueron excluidas de la lista OFAC (conocida como Lista Clinton) las siguientes entidades colombianas designadas como narcotraficantes:

1.   CORPORACION DEPORTIVA AMERICA (a.k.a. CLUB AMERICA DE CALI; a.k.a. CLUB DEPORTIVO AMERICA), Carrera 56 No. 2-70, Cali, Colombia; Avenida Guadalupe No. 2-70, Cali, Colombia; Calle 24N No. 5BN-22, Cali, Colombia; Calle 13 Carrera 70, Cali, Colombia; Sede Cascajal, Cali, Colombia; Sede Naranjal, Cali, Colombia; NIT # 890305773-4 (Colombia) [SDNT].

2.   CLUB DEPORTIVO AMERICA (a.k.a. CLUB AMERICA DE CALI; a.k.a. CORPORACION DEPORTIVA AMERICA), Carrera 56 No. 2-70, Cali, Colombia; Avenida Guadalupe No. 2-70, Cali, Colombia; Calle 24N No. 5BN-22, Cali, Colombia; Calle 13 Carrera 70, Cali, Colombia; Sede Cascajal, Cali, Colombia; Sede Naranjal, Cali, Colombia; NIT # 890305773-4 (Colombia) [SDNT].

3.   CLUB AMERICA DE CALI (a.k.a. CLUB DEPORTIVO AMERICA; a.k.a. CORPORACION DEPORTIVA AMERICA), Carrera 56 No. 2-70, Cali, Colombia; Avenida Guadalupe No. 2-70, Cali, Colombia; Calle 24N No. 5BN-22, Cali, Colombia; Calle 13 Carrera 70, Cali, Colombia; Sede Cascajal, Cali, Colombia; Sede Naranjal, Cali, Colombia; NIT # 890305773-4 (Colombia) [SDNT].

También se efectuaron los siguientes cuatro (4) cambios en la Lista OFAC (conocida como Lista Clinton):

1.   PUENTE GONZALEZ, Carlos Alberto, c/o CORPORACION DEPORTIVA AMERICA, Cali, Colombia; DOB 28 Nov 1937; Cedula No. 2449885 (Colombia); Passport 2449885 (Colombia) (individual) [SDNT]. -to- PUENTE GONZALEZ, Carlos Alberto; DOB 28 Nov 1937; Cedula No. 2449885 (Colombia); Passport 2449885 (Colombia) (individual) [SDNT].

2.   RODRIGUEZ MONDRAGON, Jaime, c/o PLASTICOS CONDOR LTDA., Cali, Colombia; c/o LABORATORIOS KRESSFOR DE COLOMBIA S.A., Bogota, Colombia; c/o FLEXOEMPAQUES LTDA., Cali, Colombia; c/o GRACADAL S.A., Cali, Colombia; c/o LABORATORIOS BLAIMAR DE COLOMBIA S.A., Bogota, Colombia; c/o MARIELA DE RODRIGUEZ Y CIA. S. EN C., Cali, Colombia; c/o PENTA PHARMA DE COLOMBIA S.A., Bogota, Colombia; c/o DISTRIBUIDORA MIGIL LTDA., Cali, Colombia; c/o RIONAP COMERCIO Y REPRESENTACIONES S.A., Quito, Ecuador; c/o DISTRIBUIDORA DE DROGAS CONDOR LTDA., Bogota, Colombia; c/o DISTRIBUIDORA DE DROGAS LA REBAJA S.A., Bogota, Colombia; c/o DEPOSITO POPULAR DE DROGAS S.A., Cali, Colombia; c/o FARMATODO S.A., Bogota, Colombia; c/o BLANCO PHARMA S.A., Bogota, Colombia; c/o CORPORACION DEPORTIVA AMERICA, Cali, Colombia; c/o D'CACHE S.A., Cali, Colombia; c/o INVERSIONES MONDRAGON Y CIA. S.C.S., Cali, Colombia; c/o CREDIREBAJA S.A., Cali, Colombia; c/o ASESORIAS DE INGENIERIA EMPRESA UNIPERSONAL, Cali, Colombia; c/o BONOMERCAD S.A., Bogota, Colombia; c/o DECAFARMA S.A., Bogota, Colombia; c/o DROCARD S.A., Bogota, Colombia; c/o INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES COSMOVALLE LTDA., Cali, Colombia; c/o JAROMO INVERSIONES S.L., Madrid, Spain; c/o PROSPECTIVA EMPRESA UNIPERSONAL, Cali, Colombia; c/o REPRESENTACIONES Y DISTRIBUCIONES HUERTAS Y ASOCIADOS S.A., Bogota, Colombia; c/o SERVICIOS DE LA SABANA E.U., Bogota, Colombia; c/o FUNDASER, Cali, Colombia; c/o LATINFAMRACOS S.A., Quito, Ecuador; c/o ALERO S.A., Cali, Colombia; c/o MEGAPLAST S.A., Palmira, Valle, Colombia; DOB 30 Mar 1960; Cedula No. 16637592 (Colombia); Passport AE426347 (Colombia); alt. Passport 16637592 (Colombia); N.I.E. x2641093-A (Spain) (individual) [SDNT]. -to- RODRIGUEZ MONDRAGON, Jaime; DOB 30 Mar 1960; Cedula No. 16637592 (Colombia); Passport AE426347 (Colombia); alt. Passport 16637592 (Colombia); N.I.E. x2641093-A (Spain) (individual) [SDNT] (Linked To: PLASTICOS CONDOR LTDA.; Linked To: LABORATORIOS KRESSFOR DE COLOMBIA S.A.; Linked To: FLEXOEMPAQUES LTDA.; Linked To: LABORATORIOS BLAIMAR DE COLOMBIA S.A.; Linked To: INVERSIONES MONDRAGON Y CIA. S.C.S.; Linked To: PENTA PHARMA DE COLOMBIA S.A.; Linked To: RIONAP COMERCIO Y REPRESENTACIONES S.A.; Linked To: DISTRIBUIDORA DE DROGAS CONDOR LTDA.; Linked To: DISTRIBUIDORA DE DROGAS LA REBAJA S.A.; Linked To: DEPOSITO POPULAR DE DROGAS S.A.; Linked To: LABORATORIOS BLANCO PHARMA S.A.; Linked To: D'CACHE S.A.; Linked To: CREDIREBAJA S.A; Linked To: ASESORIAS DE INGENIERIA EMPRESA UNIPERSONAL; Linked To: BONOMERCAD S.A.; Linked To: DECAFARMA S.A.; Linked To: DROCARD S.A.; Linked To: JAROMO INVERSIONES S.L.; Linked To: PROSPECTIVA EMPRESA UNIPERSONAL; Linked To: REPRESENTACIONES Y DISTRIBUCIONES HUERTAS Y ASOCIADOS S.A.; Linked To: SERVICIOS DE LA SABANA E.U.; Linked To: FUNDASER; Linked To: ALERO S.A.; Linked To: MEGAPLAST S.A.; Linked To: DISMERCOOP; Linked To: DISTRIBUIDORA MIGIL LTDA.; Linked To: LATINOAMERICANA DE FARMACOS S.A.).

3.   RODRIGUEZ MONDRAGON, Maria Alexandra (a.k.a. RODRIGUEZ MONDRAGON, Alexandra), c/o BLANCO PHARMA S.A., Bogota, Colombia; c/o DEPOSITO POPULAR DE DROGAS S.A., Cali, Colombia; c/o DISTRIBUIDORA MIGIL LTDA., Cali, Colombia; c/o MARIELA DE RODRIGUEZ Y CIA. S. EN C., Cali, Colombia; c/o PENTA PHARMA DE COLOMBIA S.A., Bogota, Colombia; c/o TOBOGON, Cali, Colombia; c/o DISTRIBUIDORA DE DROGAS CONDOR LTDA., Bogota, Colombia; c/o DISTRIBUIDORA DE DROGAS LA REBAJA S.A., Bogota, Colombia; c/o LABORATORIOS BLAIMAR DE COLOMBIA S.A., Bogota, Colombia; c/o GRACADAL S.A., Cali, Colombia; c/o INTERAMERICA DE CONSTRUCCIONES S.A., Cali, Colombia; c/o CORPORACION DEPORTIVA AMERICA, Cali, Colombia; c/o D'CACHE S.A., Cali, Colombia; c/o INVERSIONES MONDRAGON Y CIA. S.C.S., Cali, Colombia; c/o MARIELA MONDRAGON DE R. Y CIA. S. EN C., Cali, Colombia; c/o CREDIREBAJA S.A., Cali, Colombia; c/o CUSTOMER NETWORKS S.L., Madrid, Spain; c/o DROCARD S.A., Bogota, Colombia; c/o INVERSIONES INMOBILIARIAS VALERIA S.L., Madrid, Spain; c/o INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES COSMOVALLE LTDA., Cali, Colombia; c/o SISTEMAS Y SERVICIOS TECNICOS EMPRESA UNIPERSONAL, Cali, Colombia; c/o FUNDASER, Cali, Colombia; c/o ALERO S.A., Cali, Colombia; DOB 30 May 1969; alt. DOB 05 May 1969; Cedula No. 66810048 (Colombia); Passport AD359106 (Colombia); alt. Passport 66810048 (Colombia); N.I.E. X2561613-B (Spain) (individual) [SDNT]. -to- RODRIGUEZ MONDRAGON, Maria Alexandra (a.k.a. RODRIGUEZ MONDRAGON, Alexandra); DOB 30 May 1969; alt. DOB 05 May 1969; Cedula No. 66810048 (Colombia); Passport AD359106 (Colombia); alt. Passport 66810048 (Colombia); N.I.E. X2561613-B (Spain) (individual) [SDNT] (Linked To: LABORATORIOS BLANCO PHARMA S.A.; Linked To: DEPOSITO POPULAR DE DROGAS S.A.; Linked To: DISTRIBUIDORA MIGIL LTDA.; Linked To: INVERSIONES MONDRAGON Y CIA. S.C.S.; Linked To: PENTA PHARMA DE COLOMBIA S.A.; Linked To: TOBOGON; Linked To: DISTRIBUIDORA DE DROGAS CONDOR LTDA.; Linked To: DISTRIBUIDORA DE DROGAS LA REBAJA S.A.; Linked To: LABORATORIOS BLAIMAR DE COLOMBIA S.A.; Linked To: DISMERCOOP; Linked To: INTERAMERICANA DE CONSTRUCCIONES S.A.; Linked To: D'CACHE S.A.; Linked To: MARIELA MONDRAGON DE R. Y CIA. S. EN C.; Linked To: CREDIREBAJA S.A; Linked To: DROCARD S.A.; Linked To: INVERSIONES INMOBILIARIAS VALERIA S.L.; Linked To: SISTEMAS Y SERVICIOS TECNICOS EMPRESA UNIPERSONAL; Linked To: FUNDASER; Linked To: ALERO S.A.).

4.   RODRIGUEZ OREJUELA DE GIL, Amparo, c/o DISTRIBUIDORA MIGIL LTDA., Cali, Colombia; c/o LABORATORIOS BLAIMAR DE COLOMBIA S.A., Bogota, Colombia; c/o CREACIONES DEPORTIVAS WILLINGTON LTDA., Cali, Colombia; c/o DEPOSITO POPULAR DE DROGAS S.A., Cali, Colombia; c/o LABORATORIOS KRESSFOR DE COLOMBIA S.A., Bogota, Colombia; c/o BLANCO PHARMA S.A., Bogota, Colombia; c/o RADIO UNIDAS FM S.A., Cali, Colombia; c/o DISTRIBUIDORA DE DROGAS CONDOR LTDA., Bogota, Colombia; c/o CORPORACION DEPORTIVA AMERICA, Cali, Colombia; c/o D'CACHE S.A., Cali, Colombia; c/o DROBLAM S.A., Cali, Colombia; c/o AQUILEA S.A., Cali, Colombia; DOB 13 Mar 1949; Cedula No. 31218703 (Colombia); Passport AC342062 (Colombia) (individual) [SDNT]. -to- RODRIGUEZ OREJUELA DE GIL, Amparo; DOB 13 Mar 1949; Cedula No. 31218703 (Colombia); Passport AC342062 (Colombia) (individual) [SDNT] (Linked To: LABORATORIOS BLAIMAR DE COLOMBIA S.A.; Linked To: DISTRIBUIDORA MIGIL LTDA.; Linked To: DEPOSITO POPULAR DE DROGAS S.A.; Linked To: LABORATORIOS KRESSFOR DE COLOMBIA S.A.; Linked To: LABORATORIOS BLANCO PHARMA S.A.; Linked To: RADIO UNIDAS FM S.A.; Linked To: DISTRIBUIDORA DE DROGAS CONDOR LTDA.; Linked To: D'CACHE S.A.; Linked To: LABORATORIOS Y COMERCIALIZADORA DE MEDICAMENTOS DROBLAM S.A.; Linked To: AQUILEA S.A.).



viernes, 1 de marzo de 2013

Denuncias de lavado de dinero de la UIF de México ante la PGR


Según la información publicada en el economista (www.eleconomista.com.mx), la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda presentó en los últimos meses 35 denuncias ante la Procuraduría General de la República (PGR) por probable delito de lavado de dinero, con base en los reportes enviados por las instituciones financieras obligadas por medio de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).

Los reportes que recibe la UIF son relacionados con operaciones inusuales, preocupantes, relevantes y de centros cambiarios y transmisores de dinero que luego de ser analizados se pueden convertir en denuncias por presunto delito de lavado de dinero. Abajo se ilustran los pasos para detectar operaciones de lavado y se explica de manera general estos reportes (gráfico elaborado por el economista con información de la UIF).

En cuanto a las operaciones inusuales, que son aquellas que no concuerdan con los antecedentes conocidos o declarados por los respectivos clientes, con el patrón habitual de comportamiento transaccional en función del monto, frecuencia, tipo o naturaleza de la operación, la UIF informó que existen 57.263, como las que revelaron movimientos bancarios que dieron lugar a la detención de Elba Esther Gordillo, en los últimos días.

La líder la líder del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) Elba Esther Gordillo, fue acusada formalmente este pasado miércoles de delincuencia organizada y de operaciones con recursos de procedencia ilícita por la PGR ante el Juzgado Sexto de Distrito en Materia Penal. La dirigente magisterial fue recluida en la cárcel de Santa Martha Acatitla.

Al respecto, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer que la UIF presentó el 13 de febrero ante la PGR la denuncia contra la dirigente del magisterio y que trabaja de manera coordinada con la PGR para esclarecer este caso. “La denuncia hace referencia expresa a los vínculos existentes entre personas físicas y morales con las operaciones de los recursos materia de la denuncia, así como a los beneficiarios detectados hasta el momento”, precisó un vocero.

También se conoció que el número de denuncias que la UIF había presentado ante la PGR, al cierre de 2012, eran de 35, frente a las 39 que se presentaron en el 2011. En todo el sexenio anterior, las denuncias de la UIF ante autoridades judiciales sumaron un total de 232. El año 2010 fue el que presentó el mayor número de denuncias, 52.

Según los datos de la UIF, en todo el sexenio las instituciones enviaron 281,932 reportes de operaciones inusuales correspondientes a clientes con operaciones fuera de lo común.

En lo referente a los reportes de operaciones preocupantes, la UIF recibió 157 reportes en el 2012 y en los últimos seis años suman 829 reportes preocupantes. Estos son aquellos que comprenden las actividades, conductas o comportamientos de los directivos, funcionarios, empleados y apoderados de las instituciones financieras, y demás sujetos obligados que, por sus características, pudieran contravenir o vulnerar la aplicación de las normas para combatir el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo, o aquellas que, por cualquier otra causa, resulten dubitativas para dichas instituciones y sujetos obligados.

En cuanto al reporte de operaciones relevantes, en el 2012, las instituciones obligadas enviaron 5,9 millones de reportes y en todo el sexenio se recibieron 33,7 millones. Las operaciones relevantes son aquellas superiores a 10,000 dólares en moneda nacional, billete, oro y plata que se deben dar a conocer a la UIF independientemente de que pudieran ser vinculadas con los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita y de terrorismo, y su financiamiento.

Además, los transmisores de dinero y centros cambiarios tienen que reportar a las autoridades supervisoras las operaciones por un monto superior a 5,000 dólares.

Pasos para detectar operaciones de lavado de dinero:

 Fuente: el economista (www.eleconomista.com.mx)