El dinero ilícito no trae riqueza; al contrario, produce violencia, corrupción, desempleo, muerte, inflación, competencia desleal, desplazamiento y miseria.

El verdadero éxito en esta lucha no es contra el delito sino contra la "riqueza" ilegal que produce.

lunes, 29 de abril de 2013

Actualización de las normas antilavado para los juegos de suerte y azar en Colombia


El pasado 21 de marzo de 2013 COLJUEGOS expidió la Resolución 260, mediante la cual se establece el Sistema de Prevención y Control del Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo (SIPLAFT) para las empresas del sector de juegos de suerte y azar localizados y novedosos.

La empresa industrial y comercial del Estado administradora del monopolio rentístico de los juegos de suerte y azar, COLJUEGOS, estableció el 30 de junio de 2013 como plazo máximo para la implementación del SIPLAFT.

Según el ámbito de aplicación de esta Resolución, los juegos localizados son aquellos a los cuales asisten los jugadores como condición necesaria para poder apostar, tales como los bingos, videobingos, esferódromos, máquinas tragamonedas, y los operados en casinos y similares (artículo 32 de la Ley 643 de 2001). Así mismo, los juegos novedosos son aquellos distintos de las loterías tradicionales o de billetes, de las apuestas permanentes y de los demás juegos de suerte y azar. Se consideran juegos novedosos, entre otros, la lotto preimpresa, la lotería instantánea, el lotto en línea en cualquiera de sus modalidades, los juegos que se operen en línea contentivos de las diferentes apuestas en eventos, apuestas de los juegos de casino virtual, apuestas deportivas y los demás juegos realizados por medios electrónicos, por Internet, por telefonía celular o cualquier otra modalidad en tiempo real que no requiera la presencia del apostador (artículo 22 de la Ley 1393 de 2010).

De acuerdo con la Resolución 260 de COLJUEGOS, los sujetos obligados deben implementar el SIPLAFT como un sistema de prevención y control, que debe contener como mínimo los siguientes elementos: políticas, procedimientos, mecanismos para desarrollar dichos procedimientos, instrumentos, medidas de control y conservación de documentos.

La identificación del cliente y el reporte de las operaciones a la UIAF, son algunos de los principales mecanismos de prevención y control. Se debe identificar al cliente, identificar si se trata de un PEP (Persona Expuesta Públicamente) y diligenciar un formulario con sus datos. Cliente es aquel apostador que realice apuestas en mesas de casinos y bingos cuyo monto sea igual o superior a $5 millones; aquel apostador en mesas de casinos que cambie fichas en un día por un monto igual o superior a $5 millones o al mes por un monto igual o superior a $15 millones; aquel ganador de juegos localizados o novedosos cuyo premio sea igual o superior a $5 millones ó premios mensuales superiores a $8 millones.

El SIPLAFT contempla los siguientes reportes para los sujetos obligados:

1.   Reportes Internos: a) Reportes internos de señales de alerta.
2.   Reportes a la UIAF: a) Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS), ó Reportes de ausencia de operaciones sospechosas.
b) Reporte mensual de transacciones individuales en efectivo, en tarjetas débito y crédito cuyo monto sea igual o superior a $5 millones; Reporte mensual de transacciones múltiples en efectivo, en tarjetas débito y crédito cuyo monto acumulado sea igual o superior a $15 millones; ó Reporte de ausencia de transacciones en efectivo, tarjetas débito y crédito;
c) Reporte mensual de ganadores de premios cuyos montos individuales sean iguales o superiores a $5 millones o acumulados en el mes por una suma superior a los $8 millones; ó Reporte de ausencia de ganadores de premios.
3. Reportes a COLJUEGOS: a) Datos personales y transacciones mensuales en efectivo, con tarjetas débito y crédito realizadas por una misma persona cuyo monto sea igual o superior a $5 millones; b) Datos personales de los ganadores de premios cuyo monto individual mensual sea igual o superior a $5 millones ó los ganadores de premios que acumulen en el mes una suma superior a $8 millones.

El SIPLAFT debe soportarse en instrumentos que permitan ejecutar los mecanismos de prevención y control, entre ellos las señales de alerta, infraestructura tecnológica y consolidación de electrónica de operaciones, y capacitación.

Además, se debe prever medidas adecuadas de control interno, funciones y responsabilidades para la Junta Directiva o quien haga sus veces, Revisoría Fiscal y designación del Oficial de Cumplimiento. Se debe garantizar la conservación de documentos y registros del SIPLAFT por un término mínimo de 5 años.

domingo, 7 de abril de 2013

Actualizada “Lista Clinton” con la exclusión del Club Deportivo América de Cali


El pasado 3 de abril de 2013, la Oficina de Control de Activos Extranjeros OFAC (Office of Foreign Assets Control) del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos actualizó la lista de designados narcotraficantes y excluyó al Club Deportivo América de Cali de Colombia.



Fueron excluidas de la lista OFAC (conocida como Lista Clinton) las siguientes entidades colombianas designadas como narcotraficantes:

1.   CORPORACION DEPORTIVA AMERICA (a.k.a. CLUB AMERICA DE CALI; a.k.a. CLUB DEPORTIVO AMERICA), Carrera 56 No. 2-70, Cali, Colombia; Avenida Guadalupe No. 2-70, Cali, Colombia; Calle 24N No. 5BN-22, Cali, Colombia; Calle 13 Carrera 70, Cali, Colombia; Sede Cascajal, Cali, Colombia; Sede Naranjal, Cali, Colombia; NIT # 890305773-4 (Colombia) [SDNT].

2.   CLUB DEPORTIVO AMERICA (a.k.a. CLUB AMERICA DE CALI; a.k.a. CORPORACION DEPORTIVA AMERICA), Carrera 56 No. 2-70, Cali, Colombia; Avenida Guadalupe No. 2-70, Cali, Colombia; Calle 24N No. 5BN-22, Cali, Colombia; Calle 13 Carrera 70, Cali, Colombia; Sede Cascajal, Cali, Colombia; Sede Naranjal, Cali, Colombia; NIT # 890305773-4 (Colombia) [SDNT].

3.   CLUB AMERICA DE CALI (a.k.a. CLUB DEPORTIVO AMERICA; a.k.a. CORPORACION DEPORTIVA AMERICA), Carrera 56 No. 2-70, Cali, Colombia; Avenida Guadalupe No. 2-70, Cali, Colombia; Calle 24N No. 5BN-22, Cali, Colombia; Calle 13 Carrera 70, Cali, Colombia; Sede Cascajal, Cali, Colombia; Sede Naranjal, Cali, Colombia; NIT # 890305773-4 (Colombia) [SDNT].

También se efectuaron los siguientes cuatro (4) cambios en la Lista OFAC (conocida como Lista Clinton):

1.   PUENTE GONZALEZ, Carlos Alberto, c/o CORPORACION DEPORTIVA AMERICA, Cali, Colombia; DOB 28 Nov 1937; Cedula No. 2449885 (Colombia); Passport 2449885 (Colombia) (individual) [SDNT]. -to- PUENTE GONZALEZ, Carlos Alberto; DOB 28 Nov 1937; Cedula No. 2449885 (Colombia); Passport 2449885 (Colombia) (individual) [SDNT].

2.   RODRIGUEZ MONDRAGON, Jaime, c/o PLASTICOS CONDOR LTDA., Cali, Colombia; c/o LABORATORIOS KRESSFOR DE COLOMBIA S.A., Bogota, Colombia; c/o FLEXOEMPAQUES LTDA., Cali, Colombia; c/o GRACADAL S.A., Cali, Colombia; c/o LABORATORIOS BLAIMAR DE COLOMBIA S.A., Bogota, Colombia; c/o MARIELA DE RODRIGUEZ Y CIA. S. EN C., Cali, Colombia; c/o PENTA PHARMA DE COLOMBIA S.A., Bogota, Colombia; c/o DISTRIBUIDORA MIGIL LTDA., Cali, Colombia; c/o RIONAP COMERCIO Y REPRESENTACIONES S.A., Quito, Ecuador; c/o DISTRIBUIDORA DE DROGAS CONDOR LTDA., Bogota, Colombia; c/o DISTRIBUIDORA DE DROGAS LA REBAJA S.A., Bogota, Colombia; c/o DEPOSITO POPULAR DE DROGAS S.A., Cali, Colombia; c/o FARMATODO S.A., Bogota, Colombia; c/o BLANCO PHARMA S.A., Bogota, Colombia; c/o CORPORACION DEPORTIVA AMERICA, Cali, Colombia; c/o D'CACHE S.A., Cali, Colombia; c/o INVERSIONES MONDRAGON Y CIA. S.C.S., Cali, Colombia; c/o CREDIREBAJA S.A., Cali, Colombia; c/o ASESORIAS DE INGENIERIA EMPRESA UNIPERSONAL, Cali, Colombia; c/o BONOMERCAD S.A., Bogota, Colombia; c/o DECAFARMA S.A., Bogota, Colombia; c/o DROCARD S.A., Bogota, Colombia; c/o INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES COSMOVALLE LTDA., Cali, Colombia; c/o JAROMO INVERSIONES S.L., Madrid, Spain; c/o PROSPECTIVA EMPRESA UNIPERSONAL, Cali, Colombia; c/o REPRESENTACIONES Y DISTRIBUCIONES HUERTAS Y ASOCIADOS S.A., Bogota, Colombia; c/o SERVICIOS DE LA SABANA E.U., Bogota, Colombia; c/o FUNDASER, Cali, Colombia; c/o LATINFAMRACOS S.A., Quito, Ecuador; c/o ALERO S.A., Cali, Colombia; c/o MEGAPLAST S.A., Palmira, Valle, Colombia; DOB 30 Mar 1960; Cedula No. 16637592 (Colombia); Passport AE426347 (Colombia); alt. Passport 16637592 (Colombia); N.I.E. x2641093-A (Spain) (individual) [SDNT]. -to- RODRIGUEZ MONDRAGON, Jaime; DOB 30 Mar 1960; Cedula No. 16637592 (Colombia); Passport AE426347 (Colombia); alt. Passport 16637592 (Colombia); N.I.E. x2641093-A (Spain) (individual) [SDNT] (Linked To: PLASTICOS CONDOR LTDA.; Linked To: LABORATORIOS KRESSFOR DE COLOMBIA S.A.; Linked To: FLEXOEMPAQUES LTDA.; Linked To: LABORATORIOS BLAIMAR DE COLOMBIA S.A.; Linked To: INVERSIONES MONDRAGON Y CIA. S.C.S.; Linked To: PENTA PHARMA DE COLOMBIA S.A.; Linked To: RIONAP COMERCIO Y REPRESENTACIONES S.A.; Linked To: DISTRIBUIDORA DE DROGAS CONDOR LTDA.; Linked To: DISTRIBUIDORA DE DROGAS LA REBAJA S.A.; Linked To: DEPOSITO POPULAR DE DROGAS S.A.; Linked To: LABORATORIOS BLANCO PHARMA S.A.; Linked To: D'CACHE S.A.; Linked To: CREDIREBAJA S.A; Linked To: ASESORIAS DE INGENIERIA EMPRESA UNIPERSONAL; Linked To: BONOMERCAD S.A.; Linked To: DECAFARMA S.A.; Linked To: DROCARD S.A.; Linked To: JAROMO INVERSIONES S.L.; Linked To: PROSPECTIVA EMPRESA UNIPERSONAL; Linked To: REPRESENTACIONES Y DISTRIBUCIONES HUERTAS Y ASOCIADOS S.A.; Linked To: SERVICIOS DE LA SABANA E.U.; Linked To: FUNDASER; Linked To: ALERO S.A.; Linked To: MEGAPLAST S.A.; Linked To: DISMERCOOP; Linked To: DISTRIBUIDORA MIGIL LTDA.; Linked To: LATINOAMERICANA DE FARMACOS S.A.).

3.   RODRIGUEZ MONDRAGON, Maria Alexandra (a.k.a. RODRIGUEZ MONDRAGON, Alexandra), c/o BLANCO PHARMA S.A., Bogota, Colombia; c/o DEPOSITO POPULAR DE DROGAS S.A., Cali, Colombia; c/o DISTRIBUIDORA MIGIL LTDA., Cali, Colombia; c/o MARIELA DE RODRIGUEZ Y CIA. S. EN C., Cali, Colombia; c/o PENTA PHARMA DE COLOMBIA S.A., Bogota, Colombia; c/o TOBOGON, Cali, Colombia; c/o DISTRIBUIDORA DE DROGAS CONDOR LTDA., Bogota, Colombia; c/o DISTRIBUIDORA DE DROGAS LA REBAJA S.A., Bogota, Colombia; c/o LABORATORIOS BLAIMAR DE COLOMBIA S.A., Bogota, Colombia; c/o GRACADAL S.A., Cali, Colombia; c/o INTERAMERICA DE CONSTRUCCIONES S.A., Cali, Colombia; c/o CORPORACION DEPORTIVA AMERICA, Cali, Colombia; c/o D'CACHE S.A., Cali, Colombia; c/o INVERSIONES MONDRAGON Y CIA. S.C.S., Cali, Colombia; c/o MARIELA MONDRAGON DE R. Y CIA. S. EN C., Cali, Colombia; c/o CREDIREBAJA S.A., Cali, Colombia; c/o CUSTOMER NETWORKS S.L., Madrid, Spain; c/o DROCARD S.A., Bogota, Colombia; c/o INVERSIONES INMOBILIARIAS VALERIA S.L., Madrid, Spain; c/o INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES COSMOVALLE LTDA., Cali, Colombia; c/o SISTEMAS Y SERVICIOS TECNICOS EMPRESA UNIPERSONAL, Cali, Colombia; c/o FUNDASER, Cali, Colombia; c/o ALERO S.A., Cali, Colombia; DOB 30 May 1969; alt. DOB 05 May 1969; Cedula No. 66810048 (Colombia); Passport AD359106 (Colombia); alt. Passport 66810048 (Colombia); N.I.E. X2561613-B (Spain) (individual) [SDNT]. -to- RODRIGUEZ MONDRAGON, Maria Alexandra (a.k.a. RODRIGUEZ MONDRAGON, Alexandra); DOB 30 May 1969; alt. DOB 05 May 1969; Cedula No. 66810048 (Colombia); Passport AD359106 (Colombia); alt. Passport 66810048 (Colombia); N.I.E. X2561613-B (Spain) (individual) [SDNT] (Linked To: LABORATORIOS BLANCO PHARMA S.A.; Linked To: DEPOSITO POPULAR DE DROGAS S.A.; Linked To: DISTRIBUIDORA MIGIL LTDA.; Linked To: INVERSIONES MONDRAGON Y CIA. S.C.S.; Linked To: PENTA PHARMA DE COLOMBIA S.A.; Linked To: TOBOGON; Linked To: DISTRIBUIDORA DE DROGAS CONDOR LTDA.; Linked To: DISTRIBUIDORA DE DROGAS LA REBAJA S.A.; Linked To: LABORATORIOS BLAIMAR DE COLOMBIA S.A.; Linked To: DISMERCOOP; Linked To: INTERAMERICANA DE CONSTRUCCIONES S.A.; Linked To: D'CACHE S.A.; Linked To: MARIELA MONDRAGON DE R. Y CIA. S. EN C.; Linked To: CREDIREBAJA S.A; Linked To: DROCARD S.A.; Linked To: INVERSIONES INMOBILIARIAS VALERIA S.L.; Linked To: SISTEMAS Y SERVICIOS TECNICOS EMPRESA UNIPERSONAL; Linked To: FUNDASER; Linked To: ALERO S.A.).

4.   RODRIGUEZ OREJUELA DE GIL, Amparo, c/o DISTRIBUIDORA MIGIL LTDA., Cali, Colombia; c/o LABORATORIOS BLAIMAR DE COLOMBIA S.A., Bogota, Colombia; c/o CREACIONES DEPORTIVAS WILLINGTON LTDA., Cali, Colombia; c/o DEPOSITO POPULAR DE DROGAS S.A., Cali, Colombia; c/o LABORATORIOS KRESSFOR DE COLOMBIA S.A., Bogota, Colombia; c/o BLANCO PHARMA S.A., Bogota, Colombia; c/o RADIO UNIDAS FM S.A., Cali, Colombia; c/o DISTRIBUIDORA DE DROGAS CONDOR LTDA., Bogota, Colombia; c/o CORPORACION DEPORTIVA AMERICA, Cali, Colombia; c/o D'CACHE S.A., Cali, Colombia; c/o DROBLAM S.A., Cali, Colombia; c/o AQUILEA S.A., Cali, Colombia; DOB 13 Mar 1949; Cedula No. 31218703 (Colombia); Passport AC342062 (Colombia) (individual) [SDNT]. -to- RODRIGUEZ OREJUELA DE GIL, Amparo; DOB 13 Mar 1949; Cedula No. 31218703 (Colombia); Passport AC342062 (Colombia) (individual) [SDNT] (Linked To: LABORATORIOS BLAIMAR DE COLOMBIA S.A.; Linked To: DISTRIBUIDORA MIGIL LTDA.; Linked To: DEPOSITO POPULAR DE DROGAS S.A.; Linked To: LABORATORIOS KRESSFOR DE COLOMBIA S.A.; Linked To: LABORATORIOS BLANCO PHARMA S.A.; Linked To: RADIO UNIDAS FM S.A.; Linked To: DISTRIBUIDORA DE DROGAS CONDOR LTDA.; Linked To: D'CACHE S.A.; Linked To: LABORATORIOS Y COMERCIALIZADORA DE MEDICAMENTOS DROBLAM S.A.; Linked To: AQUILEA S.A.).